“CUSTODIA COMPARTIDA”, LAS PALABRAS MÁGICAS


Es habitual, cuando trabajamos los acuerdos para el divorcio en mediación, que las personas vengan ya a la primera sesión con algunas posiciones más o menos firmes. Normalmente el primer día, en cuanto tienen la primera oportunidad de plantearlo, un miembro de la pareja tiene clara la petición de la custodia compartida y el otro la privativa con visitas para su ex.

Al principio nos sorprendía que manejaran estos términos con tanta rotundidad cuando se trata de conceptos jurídicos complejos. La custodia está regulada en el art. 92 del Código Civil complementado con las numerosas sentencias del Tribunal Constitucional y del Supremo, imprescindibles para conocer su alcance.

Si dedicamos un minuto a leer el artículo, entenderemos la controversia que viene generando su interpretación y aplicación a la realidad de cada caso entre juristas y técnicos en materia de derecho de familia; lo que nos hace dudar sobre qué es lo que nuestros clientes nos quieren decir con sus reclamaciones.  Y para resolver nuestras dudas no hay nada mejor que la comunicación:

– Comenzamos por preguntar, ¿qué es para ti la custodia compartida? ¿Qué quieres conseguir con ella?

La respuesta, con los matices oportunos para cada caso, suele ser: “Quiero que los dos estemos el mismo tiempo con ellos, ninguno más que el otro. No quiero perder la relación con mis hijos, sigo siendo su padre/madre y un referente para ellos; no quiero tener que pedir permiso a nadie cada vez que quiera verlos y, además, no quiero pasar una pensión a mi expareja”

-Con la otra parte procedemos del mismo modo: ¿nos puedes explicar por qué quieres que la guarda y custodia sea sólo para ti?

Y la respuesta suele ser de este estilo “Yo siempre he atendido a los niños, no confío en que él/ella se vaya a poder hacer cargo de ellos sin mi ayuda, yo soy quien lo tengo todo bajo control en relación a los niños, y además creo que los niños no deben cambiar nada, debemos seguir viviendo en el que ha sido siempre nuestro hogar”

Con esto ya tenemos el punto de partida para acompañar a los padres en la tarea de buscar los acuerdos que mejor respeten el interés superior del menor, y también sus propias necesidades, pues no olvidemos que en mediación todos deben ganar.

A partir de ahí procuramos no utilizar términos como “patria potestad”, “custodia compartida”, “visitas”, “pensión”, “régimen económico”…,  pues son términos que, aunque las partes no entiendan del todo, si asocian a ganar/perder.

Les acompañamos en la elaboración de acuerdos realistas y posibles, basados en las circunstancias reales de la familia: su situación laboral (desempleo, régimen, horario, ubicación del puesto, ingresos, etc.), horarios de los hijos, actividades y aficiones de todos ellos, distancias de las viviendas al colegio de los niños y al trabajo de los padres, apoyos externos de profesionales y familia extensa, edades de los niños, cómo se han repartido las responsabilidades parentales hasta ese momento, cómo quieren que sea ese reparto en el futuro, cómo se van a abordar los miedos que las nueva situación puede generar… y todas aquellas cuestiones que ellos vayan planteando, porque aquí sí que cada familia es una microcosmos con sus propias necesidades.

Cuando ya llegan a los acuerdos finales, el tema de cómo le llamemos a eso va a tener menos importancia, será una cuestión jurídica que trasladaremos al abogado que presente la demanda de divorcio de mutuo acuerdo. Pero si lo que sale de este trabajo es un reparto adecuado de responsabilidades parentales, es muy probable que sea una auténtica custodia compartida, además con muchas posibilidades de que se cumpla de un modo pacífico y cordial y, por tanto, muy beneficioso para todos y con un respeto escrupuloso al interés superior del menor.

Por último, recordar que los intereses de los niños y las responsabilidades de los padres no surgen cuando la pareja se separa, sino cuando llega el niño a la familia. Este trabajo es algo que los padres vienen haciendo de una forma más o menos consciente durante todos los años de convivencia. Quizás si se le dedicara algo de tiempo a esta tarea durante la convivencia familiar estable, evitaríamos algunas crisis, facilitaríamos la conciliación de la vida familiar y laboral de todos, las pautas educativas estarían más consensuadas…, por citar solo algunos de los beneficios de esta tarea.

Pero quizás eso pueda ser materia de otra encuentro en nuestro Blog.

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